El Senado tratará este jueves en el recinto dos dictámenes del blanqueo de capitales.
Uno es el propuesto por el Gobierno, que sólo permite blanquear Bitcoin y cripto "en el país" y no "en el exterior", pero sin definir cómo se determina la ubicación.
El otro es una propuesta del senador Martín Lousteau, que prevé un mecanismo de depósito en una exchange para lo que viene de afuera, aunque tampoco soluciona imprecisiones.
Qué dice el blanqueo sobre Bitcoin en el país y el exterior
"Determinar la ubicación legal de los activos virtuales es complejo y debería aclararse en la normativa para dar certeza a los contribuyentes interesados", señala a iProUP Juan Pablo Fridenberg, director de Asuntos Públicos de Lemon.
Sin embargo, detalla el experto, "hay un dictamen en minoría que exige transferir los activos virtuales exteriorizados, en el país o en el exterior, a una exchange o PSAV (proveedor de servicios de activos virtuales) registrado ante la CNV.
En este sentido, remarca que la "exigencia es similar a la que se aplica al dinero en efectivo en estos regímenes, que debe depositarse en cuentas bancarias especiales".
"Este mecanismo busca evitar planificaciones fiscales a través del régimen de blanqueo y aprovechar los programas de cumplimiento de las entidades supervisadas por la Unidad de Información Financiera", considera.
El dictamen en minoría es el senador radical Martín Lousteau y propone que también las sumas en bitcoin y otras criptomonedas en el exterior se puedan regularizar mediante el blanqueo.
Cuál es el mecanismo propuesto para blanquear cripto
El dictamen que apoya el Gobierno para las criptomonedas y otros bienes similares en el país establece que se tomará para el blanqueo su valor de mercado a la fecha de inscripción en el Régimen o su precio de adquisición, el que fuere mayor.
En cambio, el dictamen en minoría de Lousteau determina que para las cripto se considerará su cotización de mercado al 31 de diciembre de 2023 o la de adquisición, la que resultara superior.
La propuesta de Lousteau también prevé que "los activos regularizados deberán ser depositados o transferidos a una dirección o cuenta abierta a nombre del contribuyente en un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales registrado ante la Comisión Nacional de Valores".
Este paso deberá cumplirse antes de la fecha límite prevista para la manifestación de adhesión a la Etapa 1 del blanqueo, que vence el 30 de noviembre de 2024, inclusive.
Los activos en plataformas del extranjero quedarían fuera del blanqueo
Sin embargo, más adelante, ambos dictámenes prevén que los fondos sean depositados en un una cuenta especial de un banco o agente de liquidación y compensación (ALyC), donde deben permanecer hasta el 31 de diciembre de 2025 para no pagar impuesto, mientas que la propuesta de Lousteau no dice nada de las cripto del exterior depositadas en un Exchange.
Qué otros bienes se pueden blanquear
Además de criptomonedas en el país, el dictamen que negoció el Gobierno con la mayoría radical incluye los siguientes bienes:
- Moneda nacional o extranjera: en efectivo o depositada en cuentas bancarias u otro tipo de entidades residentes en Argentina o el exterior
- Inmuebles ubicados en Argentina o el exterior
- Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares o cuotapartes de fondos comunes de inversión que no coticen en Bolsa, tanto si el sujeto emisor sea es residente en Argentina como no residente fiscal
- Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotaspartes de fondos y otros similares, que coticen en bolsas reguladas por la Comisión Nacional de Valores o mercados del exterior
- Otros bienes muebles no incluidos en incisos anteriores, ubicados en Argentina o el exterior
- Créditos de cualquier tipo o naturaleza, tanto si el deudor de dichos créditos es un residente fiscal argentino como si no
- Otros bienes ubicados en el país o el exterior susceptibles de valor económico, incluyendo los bienes y/o créditos originados en pólizas de seguro contratadas en el exterior de titularidad de sujetos residentes fiscales en Argentina
El dictamen de mayoría habilita para el blanqueo a las siguientes personas:
- Residentes en el país
- Personas que perdieron la residencia en el país antes de la fecha de regularización (31 de diciembre de 2023). Pero, de ejercerse esta opción, se considerará que han adquirido nuevamente la residencia tributaria en el país a partir del 1 de enero de 2024
- No residentes que tengan bienes en el país. Estos sujetos no están habilitados para blanquear moneda nacional o extranjera en efectivo
Si bien la UCR hizo hincapié en que no puedan adherirse testaferros, los senadores radicales consideraron "un avance" que los inmuebles a nombre de sociedades sólo se podrán blanquear si estaban declarados por la sociedad.
A pedido el partido, también se incluyó en Diputados que los sujetos no residentes no podrán declarar propiedades que se encuentren en posesión, anotados, registrados o depositados a nombre de terceros. Esto tiene por finalidad impedir el lavado de dinero del narcotráfico.
Los contribuyentes locales que declaren inmuebles a nombre de terceros tendrán la obligación de transferirlos a su titularidad, dentro de los dos años contados a partir del 31 de diciembre de 2023.
El proyecto original permite repatriar u$s100.000 sin alícuota, pero el dictamen de la UCR pretende bajar ese límite a la mitad
Si no se efectúa en el plazo previsto, se pagará un impuesto adicional equivalente al 5% de su precio de mercado, de adquisición o valor mínimo, el que sea superior.
Cómo se paga el impuesto especial
Los pequeños contribuyentes que blanqueen hasta u$s100.000 en el dictamen de mayoría y hasta u$s50.000 en la propuesta de Lousteau no pagarán el impuesto especial del blanqueo.
En los demás casos, los montos a ingresar en concepto de Impuesto Especial de Regularización deberán ser calculados e ingresados en dólares estadounidenses.
Se prevén tres etapas para manifestar tal adhesión, las que determinan las alícuotas aplicables del impuesto especial de regularización:
- Etapa 1: desde el día siguiente a la entrada en vigencia y hasta el 30 de septiembre, con alicuota de 5%
- Etapa 2: desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre, con una tasa de 10%
- Etapa 3: desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de marzo de 2025, con un impuesto especial de 15%
El impuesto a ingresar se calculará sobre el total del valor de los bienes, tanto en Argentina como en el exterior. Además, se debe ingresar el 75% del impuesto como adelanto al momento de manifestar la adhesión.
Además, quienes adhieran al régimen tendrán beneficios como la liberación del pago de tributos que hubieran correspondido y la exoneración de toda acción civil por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas.
El blanqueo de criptomonedas incluye a bitcoin y otras divisas digitales en el país y el exterior, pero no expresa cómo determinar la real ubicación de estos activos, aunque el dictamen de minoría de Lousteau agrega un mecanismo para depositar en exchange local las tenencias en el exterior.