La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó los umbrales que determinan la obligación de los bancos y las plataformas virtuales de informar todas las operaciones, saldos y consumos de las cuentas que administran.

Con este cambio buscan simplificar los procedimientos en beneficio de los contribuyentes, implementando medidas para mejorar los sistemas de reporte de información. Además, los nuevos valores de referencia se actualizarán periódicamente cada seis meses para reflejar la inflación.

Billeteras, bancos, tarjetas: desde qué montos reportan a AFIP

Desde ahora y según lo resuelto por AFIP, el monto mínimo para informar sobre acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de las cuentas ha aumentado de $200.000 a $700.000.

Asimismo, para los consumos realizados con tarjetas de débito, tanto del titular como de los adicionales, el umbral se elevó de $120.000 a $400.000. Todos estos retoques están reflejados en la Resolución General N° 4298, que establecía los montos mínimos para informar a la AFIP.

Además, incrementaron los montos previstos en la Resolución General N° 4614, que establece los requisitos de información para las entidades que gestionan movimientos de activos a través de plataformas digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) como Mercado Pago, MODO, Personal Pay y Ualá, entre otros. También aplica a billeteras cripto, que están registradas como PSP y ofrecen cuentas virtuales con CVU.

"El umbral para los ingresos o egresos totales se llevó de $120.000 a $400.000, mientras que los saldos mensuales aumentaron de $200.000 a $700.000", detalla a iProUP la contadora Liliana Culjak.

El límite para transferencias y extracciones pasó de $200.000 a $700.000

La profesional explica que, a pesar de que estos montos siguen siendo relativamente bajos, se contempla una cláusula de ajuste cada seis meses basada en el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) publicado por el INDEC: "Es para tener en cuenta el impacto de la inflación tanto en los bancos como en las plataformas virtuales".

"Esta medida representa un paso más del Estado Nacional para constituir una Administración Pública ágil, moderna y transparente", afirman desde el organismo dirigido por Florencia Misrahi.

"Lo que desde el organismo dicen es que quieren simplificar los procesos en beneficio de los contribuyentes. Al menos para mis clientes, los nuevos montos siguen siendo bajos y hay una sensación de 'persecución' por sumas irrisorias", señala a iProUP el contador Lucas Strasorier.

Tarjetas y plazos fijos: desde qué montos reportan a AFIP

Recientemente, AFIP actualizó los límites que activan la obligación de reportar o actuar como agente de retención o percepción en ciertos regímenes fiscales. Estas modificaciones entraron en vigencia el 1 de mayo de 2024.

En transacciones con tarjetas de crédito y tarjetas de compra, se exonera del régimen cuando la retención sea igual o inferior a 6.000 pesos, incrementándose desde los anteriores 2.000 pesos.

A todo esto, las empresas proveedoras de servicios como electricidad, agua, gas, telefonía fija y móvil, deberán presentar información solo por operaciones iguales o superiores a 95.000 pesos mensuales, o su equivalente si el periodo de facturación difiere del mensual. Este cambio sustituye el valor anterior de 31.000 pesos.

Las empresas de servicios públicos deberan reportar boletas superiores a $95.000

Pese a la baja de tasas dispuesta por el Banco Central, el plazo fijo tradicional continúa como una opción útil para obtener una renta mensual, por lo que el organismo recaudador estableció un tope sobre el cual dichas operaciones deben ser informadas.

"Tanto los bancos como las billeteras virtuales deben notificar las operaciones de sus clientes cuando los plazos fijos superen los $200.000", puntualiza la contadora Culjak.

Si una persona excede el límite establecido, el organismo podría exigir la presentación de documentación que respalde el dinero invertido.

AFIP: demoras en el reintegro de percepciones

Otro de los puntos más consultados es la devolución de percepciones. Los profesionales entrevistados por iProUP aclaran que no hay una respuesta fija para todos.

"Depende de cada caso y del criterio que aplica AFIP. A veces se detecta una deuda y hay que corregir eso para que la solicitud pase los controles. Eso lleva tiempo", argumenta Strasorier.

Los profesionales cuentan que el contexto económico actual lleva a mucha gente a esperar con más ansiedad el impacto de una devolución: "Tengo clientes que me preguntan cada semana y es algo que no depende de nosotros. Tengo casos en que los pedidos quedan sujetos a fiscalización durante años y otros que se resuelven en menos de un mes", asegura Culjak.

El lema "no hay plata" parece extenderse a los cientos de reclamos que, aún justos y con todo en orden, ven que el pedido cursado a comienzos de 2024 sigue sin tener una respuesta favorable. Por ahora y sin mayores alternativas, habrá que seguir esperando.

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