La Ley Ómnibus que el Ejecutivo remitió al Congreso incluye un mecanismo para repatriar activos del exterior, incluyendo las criptomonedas
10.01.2024 • 13:30hs • Actualidad
Actualidad
Blanqueo de Criptomonedas: qué dice la Ley Ómnibus
Dentro del paquete de medidas y modificaciones legislativas propuestas en la Ley de Bases y Puntos de Partida Para la Libertad de los Argentinos, se habilitaría la posibilidad de blanquear, es decir regularizar activos no declarados, con un tope de u$s100.000, incluyéndose criptoactivos, conforme lo regula el citado proyecto en su Sección II, "Régimen de regularización" de activos, artículo 137.2 "Bienes en el exterior", inciso H.
Ahora bien, sin perjuicio del resultado de la oportuna votación que deberán llevar a cabo los legisladores electos, nos encontramos ante ciertos desafíos que deberán de ser sorteados de aprobarse la ley en este punto.
En primer lugar, a nivel nacional aun no contamos con un marco regulatorio en la materia. Así las cosas, debería de utilizarse entonces, por analogía, normativa ya existente que pudiere ser aplicada al activo a blanquearse. Algunos sostendrán que resultan asimilables a los títulos u acciones, otros en cambio mantendrán la postura que entiende que los criptoactivos poseen una naturaleza propia, producto de sus caracteres fundamentales.
En segundo término, debe de resolverse cómo se "introduciría" el criptoactivo a nivel interno. Claramente su poseedor, aprovechando sus ventajas y la posible tendencia alcista de "monedas" fuertes como el Bitcoin, podría no encontrarse interesado en desprenderse del mismo a fin de ingresar divisas en el mercado local para ser regularizadas posteriormente. Si se lo trata como un titulo valor, su propietario debería de venderlo para blanquearlo, resultado poco atractivo a primera vista.
Continuando el análisis, entendiendo como rasgo fundamental y fundacional del sistema de criptoactivos su anonimato, ¿Se encontrarían interesados sus tenedores en "blanquearlo"? El presente interrogante no resulta menor.
Se observa así, del análisis de la Ley Ómnibus, que no solo impacta la misma sobre un importante conglomerado de cuestiones jurídicas que hacen a la vida diaria de los ciudadanos, sino que además se requiere regular materias sobre las cuales nuestra normativa se encuentra con un notable atraso en el derecho comparado.
*Alejandro Andrés Golob es abogado del departamento de Derecho Comercial de Grispo Abogados