El proyecto de Ley Impositiva 2024 presentado por la Provincia de Buenos Aires contempla, además del polémico aumento del impuesto inmobiliario, una suba del 4% al 5% en concepto de la alícuota de Ingresos Brutos (IIBB) para la minería de criptomonedas.

Se trata de la actividad descripta como "Servicios de procesamiento y validación de criptoactivos y/o transacciones de criptodivisas (minería de criptoactivos y/o criptodivisas)".

En Argentina, aunque la regulación todavía no es clara, la comercialización y el uso de criptomonedas es legal. Además, se espera que bajo la presidencia de Javier Milei la tendencia vaya en aumento.

Una de las formas de comerciar con activos digitales es la minería, ejercicio que no está prohibido, aunque sí se encuentra alcanzado por impuestos. Por lo tanto, no es recomendable tener inconsistencias entre las ganancias recogidas por la actividad y gravámenes tributados.

Minar criptomonedas: cómo es el impuesto bonaerense

El impacto de Ingresos Brutos no es igual en Argentina. La única provincia que incluyó taxativamente a la criptominería en la normativa impositiva fue Buenos Aires, que ahora pasará al 5%.

En el resto de los distritos, la actividad es considerada una exportación de servicio, con lo cual no paga IIBB. Otra excepción es Chaco, donde está plenamente gravada la exportación de servicios.

Sobre los efectos de las actualizaciones impositivas, Guido Ambrosini, contador cripto, asegura a iProUP que "hay una resolución de la provincia de Buenos Aires en la que Ingresos Brutos alcanza a la minería cripto. El Código Fiscal cambia de forma anual, con lo cual eso lo que veremos reflejado ahora".

"No tengo el dato de cuantos 'mineros' hay inscriptos en IIBB de Provincia de Buenos Aires hay, pero no creo muchos, con lo cual dudo que esto pueda mover mucho la recaudación", anticipa a iProUP Marcos Zocaro, consultor tributario, miembro de la comisión directiva de la ONG Bitcoin Argentina y docente de la Diplomatura en Criptoeconomía y Derecho.

En el mismo sentido, Nicolás Verderosa, emprendedor cripto, entiende que los cambios no impactan sobre una cantidad significativa de individuos.

"No creo que los mineros cripto blanqueen sus ingresos. Esto es así porque no solo les aplicarían el régimen provincial de IIBB sino también algún impuesto nacional como Ganancias, Bienes Personales, etc. Desde ya me parece que es muy baja la aplicación de este impuesto", completa.

Otro caso particular ocurre en Neuquén, provincia en la que desde 2022 se considera "servicio digital" a la prestación de servicios de cualquier naturaleza, vinculados directa o indirectamente con operatorias relacionadas con monedas digitales.

La ley entiende por moneda digital a las criptomonedas, tokens, stablecoins y demás conceptos que "por su naturaleza y/o características constituyan y/o impliquen una representación digital de valor que puede ser objeto susceptible de comercio digital".

La provincia de Buenos Aires es la única que creó una figura fiscal especial para la minería cripto

Criptomonedas: qué impuestos pagan en Argentina

Lejos de encontrarse exentas, quienes estén vinculados a la actividad cripto en Argentina deben tener presente los siguientes tributos a nivel nacional:

"Los activos se gravan de forma diferente: al valor actual o al costo de su compra. Y varía el tipo de alícuota de acuerdo a dónde estén: si en el país o en el exterior, siendo estos últimos los que pagan más", señala Zocaro.

Además, añade que "en el caso Ganancias es más simple: todas las ganancias que se obtienen por la venta de criptomonedas están alcanzadas".

La contadora Liliana González revela a iProUP cómo actúan sus clientes: "En la mayoría de los casos te preguntan. Cuando ven que hay una enorme caja estatal esperando, deciden no declarar"

"Con todos los riesgos que eso conlleva, es lo que ocurre en términos reales. Quizá con un escenario menos asfixiante, el panorama cambie. El minero promedio no se lleva una suculenta ganancia y a veces, con las fluctuaciones, hasta pierde dinero", completa.

Volviendo al caso Buenos Aires, la alícuota que ahora se pretende llevar al 5% alcanza a este tipo de actividad siempre y cuando el hardware se encuentre en la provincia.

Expertos creen que no habrá una cantidad de mineros que se inscriban en el registro

La norma, que empezó a aplicarse en enero, tiene algunos puntos flojos, como el desconocimiento de los distintos tipos de protocolos, que no permite lograr una aplicación total de la ley en todos los procesos de minería.

Tampoco deja establecido sobre qué precios se aplica la alícuota. Esto también provoca un inconveniente ya que los precios varían en los distintos exchanges y no queda claro cuál debe tomarse como referencia.

Un último dato indica que en Argentina no hay ley que mencione a los tokens no fungibles (más conocidos como NFT), sino únicamente de ganancias de monedas digitales.

De hecho, no se emite factura ante la venta de Bitcoin, por ejemplo, porque la Resolución 1415 de la AFIP no lo contempla.

Solo en caso de operar a través de un exchange, este proveedor de servicios emite factura, pero únicamente por la comisión que cobra por realizar la transacción.

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