Mientras que los privados apuestan a que la criptomoneda más descentralizada, el Bitcoin, tenga respaldo legal como "moneda sin curso legal", es decir, como el dólar, el candidato presidencial Sergio Massa busca un Cripto Peso emitido por el Banco Central, pero los expertos critican la intervención contra la libertad y la privacidad.
Cómo comparan los expertos la Ley Bitcoin con el Cripto Peso
"La Ley Bitcoin, de la ONG BitcoinAr, pone énfasis en la mínima intervención en la libertad, puesto que confía que se lograrán mejores resultados y menores daños con las decisiones individuales informadas e interesadas de las personas, que con criterios e intereses de la burocracia administrativa", afirma en diálogo con iProUP Rosendo Gravanago, asesor legal en Derecho Informático, Criptoactivos y Blockchain.
"En cambio, el criterio de la ley de creación de una moneda digital del Banco Central (CBDC) por parte del candidato presidencial Sergio Massa, apunta a evitar peligros restringiendo acuerdos libres, con pérdida para las partes honestas alcanzadas por prohibiciones o restricciones", compara.
"Hay una gran incompatibilidad respecto a una CBDC, que básicamente es trasladar nuestra moneda digital a blockchain o tecnología DLT similar, lo que implicaría mayor presencia estatal y nos envolvería en un mecanismo de control generando una Big Data como Facebook o peor aún", remarca.
"El espíritu de la Ley Bitcoin es la descentralización, mientras que es una estrategia de los Estados confundir a los ciudadanos afirmando que las CBDC están amparadas con tecnología blockchain y generando una confianza inequívoca", indica.
Natalia Salinas, Crypto Advisor, resalta a iProUP que la divisa virtual líder "permite autonomía financiera y que los individuos controlen su dinero, mientras que la moneda digital del Banco Central permite niveles de estabilidad y regulación, pero a expensas de esa autonomía".
"La descentralización es para evitar la manipulación por autoridades centrales. Por este motivo, se plantean objeciones al Cripto Peso sobre privacidad, libertad financiera y quién utilizará nuestros datos, ya que el Ejecutivo tendría la facultad de rastrear y monitorear todas las transacciones", alerta.
La experta advierte, además, que la Moneda Digital Argentina "mantiene un riesgo operacional por parte del Gobierno, en caso de que se corte su distribución".
Ley Bitcoin y Moneda Digital Argentina: qué posibilidades tienen de convivir
Salinas aclara que "la desregulación y las monedas digitales del Banco Central pueden convivir y podrían complementarse, pero en el caso de Bitcoin, se da una solución desentralizada para la eliminación del doble gasto, permitiendo transacciones seguras sin necesidad de una autoridad central".
"La implementación de una moneda digital respaldada por el Gobierno podría abordar el doble gasto de una manera eficiente, al utilizar tecnología blockchain, pero estaría bajo control central. También podría enfocarse en abordar temas económicos, pero tendría problemas sobre privacidad y autonomía financiera que está en la clave de web3", enfatiza.
Por lo tanto, Salinas remarca que "si es para promover transacciones digitales con el peso, no va a competir, pero si es una moneda creada de cero, como una stablecoin, contra activos con su precio de mercado, esto si competiría con alternativas de usar otra cripto o moneda ya existencia", aclara.
Sin embargo, anticipa que, "de todos modos, sería otra cripto más que se sumaría a las existentes a elegir para ahorro, pagos, pagos trasnfronterizos, NFT, entre otros".
¿Sería positivo que Bitcoin compita con una stablecoin estatal?
Salinas remarca que "la innovación tecnología blockchain y las criptomonedas estimularon muchísimo la innovación y la competencia en el sector financiero. El Cripto Peso y Bitcoin podrían promover una competencia saludable siempre que ofrezcan beneficios distintos y se respeten las libertades individuales".
Como positivo, la experta expone que la Moneda Digital Argentina "podría impulsar la adopción masiva de criptoacitivos, aumentaría las transacciones y la confianza, y la adopción viene de la mano de la confianza. Las criptomonedas serían aceptadas para operaciones cotidianas, algo que ya se va logrando: ya muchos comercios aceptan pagos con ellas".
"Asimismo, se ve algo muy competitivo en el Cripto Peso para la banca y las empresas que hoy están atadas respecto del pago de importaciones y exportaciones, que deben pasarse al mercado oficial de cambios y con eso ir al contado con liquidación", describe, y afirma que, "al diversificar su tesorería a través de la cripto, habría más adopción y transparencia para usuarios, empresas y Gobierno".
Moneda Digital Argentina: dudas sobre el Cripto Peso
Gravanago advierte que "todos hablan de la Moneda Digital Argentina y realmente no está claro si se trata de una CBDC o de una stablecoin. Los modelos de Brasil y Noruega de los cuales se ha hecho hincapié, son completamente opuestos", enfatiza Gravanago.
"Veo el modelo noruego como mucho más acertado desde la perspectiva de la estabilidad, ya que el activo subyacente que podría respaldar a este Cripto Peso podría ser recursos como petróleo, soja, litio en lugar de una economía inestable sin confianza respaldada por reservas en dólares", apunta.
En este sentido, destaca "la idea de la CBDC del BRICS, del que Argentina forma parte en la actualidad. Este grupo económico intenta equipararse al FMI y reemplazar la hegemonía del dólar. Tengo mis dudas sobre si el Yuan Digital llegará a ser o no la moneda elegida", comenta.
"Incluso podría darse el caso de que la stablecoin Cripto Peso utilice como activo subyacente la divisa del BRICS y, de esta manera, mantenga la paridad 1:1, al menos en teoría", precisa.
Según Gravanago, "estos argumentos fueron tocados también en El Salvador antes de determinar que Bitcoin sea de curso legal. Pero el proyecto de Ley Bitcoin de BitcoinAr dice que los criptoactivos descentralizados tienen el tratamiento de moneda sin curso legal. Se nota que no quieren seguir sus pasos".
Ley Bitcoin: qué opinan los expertos
Roberto Sánchez V., de PwC Argentina, analiza los siguientes puntos de la Ley Bitcoin:
- La ley busca normar aspectos mas amplios del mundo cripto y que requieren ser alineados con elementos que ya están cubiertos en otros marcos regulatorios, como los derechos de autor, la propiedad privada y la libertad de dedicarse a cualquier actividad
- Se hace una primera distinción que hoy luce innecesaria: los criptoactivos descentralizados no son monedas de curso legal. Aquí la novedad es la acotación a los descentralizados al asumir que los modelos centralizados conllevan la responsabilidad de los emisores, pero no tiene en cuenta la diversidad de ofertas y su caracter transnacional
- Se plantea la necesidad de regular el mercado de activos centralizados. Pero, de los u$s1,7 billones que representa el mercado cripto según CoinmarketCap, el top 10 de las descentralizadas representan al menos u$s1,6 billones, por lo que plantear una regulación solo para el ecosistema centralizado luce impráctico
- Plantea la semejanza de la emisión cripto con la emisión de deuda en el mercado de valores, con detalles interesantes como la responsabilidad solidaria de los actores extendiéndose a su patrimonio, aunque siempre va a ser limitada
- De poder materializarlo, inhibiría enormemente las iniciativas, y además, restringe cualquier proyecto que establezca la jurisdicción fuera de Argentina: cierra el mercado a los que se originen fuera del país
- Si bien la ley no define qué es una moneda digital, criptomoneda o cualquier otro activo, indica que a efectos de Impuestos a las Ganancias deba considerarse como divisa
Esto puede interpretarse de por sí como una definición y simplifica sensiblemente la discusión que hoy se lleva a cabo globalmente y sobre la cual no hay consenso. Cosa que se confirma con el artículo 7, en el que el redactor se cuida de utilizar los términos apropiados para evitar esa generalización.