A la espera del monotech para freelancers que trabajan para el exterior, los monotributistas pueden exportar hasta el límite de la categoría y no liquidar hasta u$s12.000 anuales al dólar oficial.
Para aprovechar este beneficio y no pesificar los fondos, quienes desarrollan tareas para el extranjero deben confeccionar una Factura E. Considerando el límite para actividades de servicios categoría H del Monotributo ($4.229.985) y el cambio oficial para el comercio exterior (cerca de $150), ese tope se sitúa en unos u$s28.000.
1. ¿Qué beneficio cambiario tienen los monotributistas?
"Según la normativa, se podrán disponer de u$s12.000 anuales sin liquidarlos en pesos en el mercado oficial. Dicho valor es anual, por lo que se puede ingresar en una sola operación", afirma a iProUP Agustín S. Sosa, CEO de Tributo Simple.
Además, advierte que "la condición es no haber adquirido ni adquirir moneda extranjera por el plazo de 90 días previos y subsiguientes a través del mercado financiero".
Así como no hay límite mensual para el beneficio de los u$s12.000 que pueden conservarse en billete, en los servicios pueden blanquearse hasta tres exportaciones al año, por ejemplo.
En el caso de freelancers de Economía del Conocimiento que pueden cobrar u$s5.000 en un nivel intermedio, podrán blanquear medio año de ingresos si se anotan en el Monotributo.
2. ¿Qué facturas emiten los monotributistas que exportan?
"Los monotributistas emiten comprobantes de tipo C para operaciones realizadas en Argentina y tipo E para facturar sus servicios a un sujeto del exterior", describe Sosa. Remarca que "este es el caso de muchos freelancers que realizan trabajos online para otros países. Los ejemplos más comunes son manejo de redes sociales, diseño, desarrollo de software, redacción, entre otros".
Al emitir la Factura E, que permitirá exportar al monotributista, ya sea a través de la página de AFIP o un sistema de facturación, se deben consignar algunos datos y acciones como los siguientes:
- Tener CUIT y Clave Fiscal
- Estar adherido al Monotributo
- Dar de alta un nuevo punto de venta para facturar al extranjero. En el caso de la página de AFIP, se deberá agregar Comprobantes de exportación - Factura en línea
- A diferencia de una factura "C", no se debe identificar a la persona o empresa a la que se le está brindando el servicio, sino que se debe ingresar el CUIT del país donde se encuentra el cliente y el tipo de persona adquiriente (física o jurídica)
- "El comprobante puede ser emitido en cualquier moneda de curso legal, ya sea pesos, dólares estadounidenses, euros, entre otros. En caso de utilizar moneda extranjera se debe aclarar el tipo de cambio vigente del día hábil anterior"
- Informar la forma de pago. Se deberán emitir los comprobantes el día que finalice la prestación del servicio o la fecha del pago recibido, el que fuese anterior
"Con respecto al impuesto provincial sobre los Ingresos Brutos, la mayoría de las jurisdicciones toma como exento estos ingresos por exportación. Sosa recomienda analizar la normativa local a fines de interpretar si corresponde pago alguno", señala Sosa.
3. ¿Qué es el dólar tech y a quiénes aplica?
Si bien el Gobierno implementó un dólar tech, los beneficios que otorga la libre disponibilidad de dólares "sólo resultan aplicables para personas jurídicas que realizan actividades de la Economía del Conocimiento, de modo tal que no hay una mejora para las personas humanas", lamenta Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, en diálogo con iProUP.
El Ejecutivo asegura que también promoverá el ingreso de divisas a través de profesionales independientes mediante la figura del "Monotech", un nuevo Monotributo con mayores topes de acceso a dólares libres, pero no envía el proyecto de ley al Congreso
"Si bien ahora los freelancers no están obligados a liquidar dólares por hasta u$s12.000 anuales, es necesario incrementar el cupo, ya que la brecha cambiaria se convierte en un incentivo a la no declaración de las exportaciones de servicios", señala.
Los freelancers pueden ingresar al país sin "pesificar" hasta 12.000 dólares al año
4. ¿Cómo se puede usar el dólar tech?
Domínguez remarca que "el régimen abarca las inversiones en infraestructura, bienes de capital y capital de trabajo, incluyendo salarios, al igual que los honorarios profesionales vinculados". Y
Enfatiza que estas inyecciones de fondos "deben estar destinadas a la puesta en marcha de nuevos proyectos o ampliación de los ya existentes y que contribuyan a incrementar las exportaciones del sector".
Desde Tributum.News indican a iProUP que la medida prevé que "las empresas beneficiarias pueden estar constituidas en el país o en el extranjero", de modo que no es necesario su inscripción en el Registro de Economía del Conocimiento.
En este sentido, Domínguez añade que "hay un monto mínimo de inversión de u$s3 millones, pero la autoridad de aplicación podrá reducir hasta un 20% esa suma o incrementarla".
El beneficio respecto de los dólares es la "libre disponibilidad de hasta un 20% de los que ingresen como inversión extranjera directa", subrayan desde Tributum. Estos fondos deben depositarse en una cuenta especial en la forma y plazos que la Secretaría de Economía del Conocimiento y el Banco Central establezcan y destinarse a fines determinados.
"Las divisas no liquidadas podrán aplicarse al pago de capital e intereses de deudas comerciales o financieras con el exterior; utilidades y dividendos que correspondan a balances cerrados y auditados; o a la repatriación de divisas de no residentes, así como a las inversiones del régimen de fomento", enumera Domínguez.
Hasta el momento, el dólar tech sólo beneficia a empresas que inviertan desde u$s3 millones o hayan incrementado exportaciones
Por otra parte, "quedan excluidas las inversiones financieras o de portafolio, fusión societaria o adquisición de acciones y otros", añaden desde Tributum..
5. ¿Cuándo hay que inscribirse en el dólar tech?
El plazo para la adhesión al régimen de fomento a las inversiones en Economía del Conocimiento es hasta el 30 de junio del año próximo, prorrogable hasta el 31 de diciembre de 2023.
Además, la autoridad de aplicación establecerá los plazos de los proyectos, si bien no podrán exceder los 24 meses contados desde la concreción de la primera inversión, prorrogables por otros 24.
"El lado B es que hay que depositar el monto elegido en una cuenta especial, y si el plan de inversión no se cumple según lo pautado, se pierde el beneficio y debe liquidarse (pesificarse) el dinero", alerta a iProUP Belén Toba, de Inforaction.
Javier Malamud, de Malamud & Asoc, indica a iProUP que "el destino que se le da a los fondos de presunta libre disponibilidad no impactan sobre la cadena de valor que los exportadores necesitan".
"Al final del día, en mi opinión, será una medida de bajo impacto para el desarrollo e incremento de la productividad del sector y aumentar la capacidad exportadora", concluye.