Según un estudio de Telefónica y el Instituto DYM realizado entre 542.122 pymes españolas, que abarca a empresas que tienen entre 3 y 199 empleados, titulado DM Pymes, el 35% de las pymes tiene de un modelo estructurado de teletrabajo, un 5% porcentual más que hace 6 meses, y el 61% de ellas afirma que seguirá haciéndolo en el futuro.
"El teletrabajo deja de ser una costumbre residual en España para convertirse en pocos meses en una necesidad en muchas organizaciones, cuya continuidad de negocio ha sido posible gracias a que los empleados han podido seguir trabajando desde sus domicilios. Además, el puesto de trabajo digital y flexible se ha convertido en una potente herramienta para atraer y retener el talento dentro de la organización", remarcó Belén Espejo, experta en digitalización del puesto de trabajo en Telefónica Empresas.
Teletrabajo, la nueva modernidad y normalidad
Por eso, Telefónica creó un Libro Blanco de Teletrabajo que se divide en las siguientes secciones: introducción y contexto, modelos de trabajo a distancia, nuevo entorno tecnológico del empleado, recomendaciones para el espacio de trabajo, gestión del cambio y glosario de términos.
Para poder implantar los nuevos modelos de trabajo a distancia, Telefónica sitúa al empleado en el centro rodeándole de todos los dispositivos, herramientas y servicios que necesita para trabajar, comunicarse y colaborar en un entorno seguro, potenciando al máximo su flexibilidad y movilidad y asegurando el éxito del cambio a una cultura más digital.
Para Telefónica, el mapa tecnológico del entorno del teletrabajo incluye: una conectividad segura; una gestión y soportes unificados; unas políticas de seguridad; comunicaciones fijas y móviles; dispositivos y accesorios; productividad y colaboración; herramientas para el empleado digital y escritorios de aplicaciones virtuales, cuyo uso se ha incrementado entre las grandes empresas en más de un 60% según datos de Telefónica.
Entre los retos destacan el mantenimiento de los KPIs de rentabilidad (es decir, los indicadores clave) y gestiones comerciales a pesar de trabajar en remoto. Entre los beneficios destacan:
- Mejora de la productividad
- Menos distracciones que en el lugar de trabajo
- Reducción del ausentismo
- Mayor compromiso: la compatibilidad de las jornadas laborales y procesos impactan en la motivación
- Fomento de la responsabilidad: la confianza de la empresa en el trabajador que sigue su propio horario dispara el orgullo de pertenencia. Las empresas se hacen más atractivas para los empleados con un mejor curriculum profesional.
A nivel local, según la norma vigente del teletrabajo, las personas que trabajan de modo remoto poseen los mismos derechos y obligaciones que quienes lo hacen de modo presencial. Por lo tanto, su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían bajo esta última modalidad.
"Los convenios colectivos deben prever una combinación entre prestaciones presenciales y teletrabajo acorde a la realidad de cada actividad", señalan desde Marval, O’Farrel & Mairal.
Asimismo, la desconexión digital se establece como un derecho que tiene la persona para descansar, recuperarse y recomponerse entre la finalización de una jornada y la siguiente. Así, tendrá garantizado no prestar labores fuera de su horario, excepto en casos excepcionales, accidentes o de fuerza mayor.
"Las tareas que realice fuera de su jornada habitual serán consideradas horas extraordinarias conforme el régimen de jornada diaria, semanal y su jerarquía", remarcan desde Marval, O’Farrel & Mairal.
La ley de teletrabajo
Asimismo, tendrá derecho a no ser contactado y a desconectarse de los dispositivos digitales fuera de su horario y durante los períodos de licencias. Tampoco podrá ser sancionado por hacer uso de esta facultad.
"Cuando la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá que el empleador envíe comunicaciones fuera de la jornada laboral", remarcan desde Marval, O’Farrel & Mairal, que enumeran los siguientes temas a contemplar en estos casos:
Asimismo, el teletrabajador no estará obligado a responder hasta el inicio de la jornada siguiente. Se exceptúan situaciones de peligro, accidente ocurrido o inminente, de fuerza mayor, o exigencias excepcionales de la economía nacional o de la empresa.
El empleador no podrá establecer incentivos condicionando el no ejercicio del derecho a la desconexión. Los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos.