El Banco Central de la República Argentina (BCRA) inició la inspección de un grupo de fintech que se ofrecen como vínculo para financiar proyectos de inversión utilizando criptoactivos como canalizador del ahorro y la inversión, para determinar si realizan intermediación financiera no autorizada.

La ley de Entidades Financieras delega en la entidad la potestad de requerir información cuando existe la sospecha de que una persona o empresa realiza tareas de intermediación financiera y, de corresponder, disponer el cese inmediato y definitivo de la actividad y aplicarsanciones.

La inspección abarca a un total de nueve fintech que efectuarían captaciones de depósitos para luego convertirlos en criptomonedas, que luego son aplicados al financiamiento tanto de inversiones como de consumo.

De confirmarse el accionar de intermediación financiera, el BCRA emplearía las correspondientes denuncias penales basadas los términos del artículo 310 del Código Penal

El BCRA esta detrás de fintechs que ofrezcan operaciones con criptomonedas

¿Que dice la normativa actual en la Argentina

La caída del mercado global de criptomonedas puso en alerta a los inversores. Y alimentó la discusión sobre qué hicieron los entes reguladores para protegerlos. La respuesta que inmediatamente surge es que se preocuparon más por cobrar impuestos a los operadores que en legislar para dar seguridad a la actividad.

"En Argentina, un país donde la regulación impositiva deja más dudas que certezas, una persona que posee criptomonedas corre el riesgo de tener que pagar impuesto a Bienes Personales por tenencia; y Ganancias y, según el caso, Ingresos Brutos, por su venta", advierte Marcos Zocaro, tributarista y especialista en activos digitales.

El experto remarca que IVA, "en la mayoría de los países, incluyendo la Argentina, no se abona por la venta de criptomonedas".

El vacío legal en el país

Zocaro remarca que "la primera y, hasta el momento, única definición normativa del concepto 'moneda virtual' fue dada por la Unidad de Información Financiera (UIF), en un intento de proteger al propio Estado del lavado de dinero".

La UIF exige a los Sujetos Obligados a informar todas las operaciones efectuadas con esos activos. Pero según Zocaro, "contrapone a las 'monedas virtuales' con 'monedas digitales' o "criptomonedas', y sobre estas no legisló todavía".

A su vez la Comisión Nacional de Valores (CNV) emitió en 2017 un comunicado alertando a los inversores sobre los potenciales peligros de las ofertas iniciales (ICO) de monedas virtuales o tokens, pero no de la normal operatoria de compra y venta. Y aclara que son sólo para el inversor experto.

El Central advierte que las criptomonedas no tienen las mismas salvaguardas que los depósitos bancarios

"De este texto, que ni siquiera es una norma, no se pueden extraer muchas conclusiones más allá de lo peligroso que pueden llegar a ser las ICO", expresa Zocaro.

El Banco Central, por su parte, afirmó en 2014 que no tienen curso legal ni respaldo alguno, y alertó por la volatilidad de su precio y los riesgos de operar. Más tarde, dictó algunas normas que mencionan tímidamente las expresiones monedas virtuales y criptoactivos:

Hace algunas semanas, el BCRA dio otro paso muy poco efectivo en el camino de regularlas: pidió a los bancos que informen qué clientes han operado con criptomonedas. Además, la entidad acaba de lanzar junto a la CNV una serie de advertencias:

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