La Ciudad de Buenos Aires obliga desde febrero a plataformas digitales como Mercado Pago o Todo Pago, que son intermediarias en operaciones de pago en entornos digitales, a retener el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
La medida había sido publicada bajo la Resolución N°305/2019 de la AGIP fue reglamentada en los últimos días. Establece que a partir del 1° de febrero de 2020 comenzará a regir un régimen particular de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ISIB) respecto de "las ventas de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios cuyo pago se efectúe con la intervención o por medio de:
a) Plataformas digitales o sitios Web.
Dólar digital: el último refugio de los argentinos para comprar sin tope y más barato que el conta con liqui
b) Aplicaciones informáticas que permiten conectar dispositivos fijos y/o móviles con distintos medios de pago
c) Aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de Internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital que permita brindar servicios vinculados con la gestión, administración y transmisión de pagos efectuados por vía electrónica
De acuerdo con la resolución, los comercios que estarán obligados a retener IIBB en su cuenta de Mercado Pago u otra aplicación serán quienes sean contribuyentes o responsables de este tributo o bien no acrediten su condición frente a esta tasa realicen operaciones de forma reiterada.
Así, la Ciudad de Buenos Aires se sumará a otros distritos que ya implementaron esta medida, como las provincias de Buenos Aires y Mendoza.