Los divorcios pueden no resultar sencillos y los recursos para salvaguardar el patrimonio de los más creativos.

En pleno divorcio un residente de la ciudad de New York (Estados Unidos) pretendió esconder de su mujer una parte de su patrimonio, por lo que compró criptomonedas por un valor de u$s500.000.

La pareja en cuestión llevaba 10 años casada pero la mujer sospechaba que su esposo no revelaba todos sus bienes. 

Fue por eso que contrató a un contable forense, que finalmente descubrió que su esposo no había declarado 12 bitcoins -por valor de unos u$s500.000-, los que se encontraban almacenados en un monedero de criptomonedas, que no fue revelado.

Las dudas le surgieron porque su esposo le aseguró que ganaba u$s3 millones al año, pero los bienes no tenían correlación con lo acumulado durante los años de matrimonio, según reportó la CNBC.

Como resultado, el esposo de la mujer tendrá que separarse de algunas de sus tenencias de bitcoins.

El hombre optó por resguardar su patrimonio en criptomonedas

¿Qué sucede con las criptomonedas en el caso de un juicio?

A la hora de enfrentar un juicio, muchas personas temen que sus bienes sean embargados y, posteriormente, rematados. 

"Cualquier activo puede ser embargable. En el caso de las criptomonedas, deberemos tener especial cuidado", señala a iProUP Guillermo Navarro, socio de Bildenlex Abogados y especialista en derecho tecnológico.

Y agrega que hay que "determinar efectivamente que estén declaradas para que puedan ser asociadas a la persona objeto del embargo".

En el mismo sentido, el escribano Nicolás Soligo Schuler, doctor en derecho notarial y registral, afirma a iProUP que, al tratarse de activos intangibles, las monedas digitales integran el patrimonio y son embargables y ejecutables. 

Es decir, integran la "prenda común de los acreedores". Y afirma que hay dos elementos a tener en cuenta: trazabilidad y anonimato.

De acuerdo a los investigadores el 25% de los casos de divorcio que ocurre en New York involucra la investigación de criptoactivos y se trata de una actividad que está creciendo muy rápido.

En Argentina puede constituir un fraude a la sociedad conyugal

¿Qué pasa en Argentina?

"Es frecuente que, junto con el conflicto conyugal, surja la intención de uno de los esposos de perjudicar al otro en sus derechos de carácter económicos o patrimoniales", comentan desde la editorial juridica Errepar..

Y detallan: "El fraude a la sociedad conyugal consiste en toda maniobra de un cónyuge que, valiéndose de la celebración de negocios jurídicos, tiene por objeto burlar las legítimas expectativas del otro cónyuge a participar en la división por mitades de los bienes gananciales".

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